La acusación del caso ariete denuncia irregularidades en el juicio y solicita repetirlo ante el TSJM.
Los agentes de la Policía Nacional acusados de allanamiento de morada resultaron absueltos
MADRID, 9 de julio.
Tras el juicio del caso ariete, donde se acusaba a dos agentes de la Policía Nacional de allanamiento de morada en medio de la pandemia de Covid-19, la acusación particular ha pedido al Tribunal Superior de Justicia de Madrid que anule la sentencia absolutoria y repita el juicio.
El arrendatario del inmueble en cuestión impugnó la resolución por considerar que se vulneraron sus derechos fundamentales, alegando una violación de la tutela judicial efectiva.
Los hechos ocurrieron el 21 de marzo de 2021, cuando seis agentes irrumpieron en un piso en la calle Lagasca para disolver una fiesta ilegal que violaba las restricciones impuestas por la crisis sanitaria.
El abogado Juango Ospina argumentó que el juicio estuvo influenciado por un sesgo evidente en el jurado popular, solicitando la anulación de la sentencia y la repetición del juicio.
Ospina denunció que se juzgó la actitud de los inquilinos en lugar de enfocarse en el delito de allanamiento de morada que se les imputaba a los agentes, insinuando que la Constitución Española estaba en tela de juicio.
Por su parte, el abogado de los policías acusados, Juan Antonio Frago, acusó a Ospina de engañar al jurado y denunciar a los agentes ante Asuntos Internos por las cámaras que portaban durante la intervención, las cuales estaban prohibidas por la Policía Nacional.
La fiscal en el caso argumentó que la intervención policial tenía como objetivo hacer cumplir las normas de la pandemia, ante la flagrancia del delito cometido por los asistentes a la fiesta.
Los agentes defendieron su actuación, asegurando que usaron la fuerza para ingresar al piso debido a la desobediencia reiterada de los presentes en identificarse.
El tribunal que emitió la sentencia calificó la actitud de los jóvenes como "repudiable", considerando el contexto de la pandemia como agravante de los hechos.
El proceso involucró inicialmente a seis agentes, pero finalmente solo dos fueron juzgados y absueltos por unanimidad.
La acusación sostenía que solo se produjo una infracción administrativa por violar las restricciones del estado de alarma, mientras que los jóvenes se amparaban en su derecho a la inviolabilidad del domicilio.
La Audiencia Provincial de Madrid archivó el caso contra los asistentes y ordenó investigar si los agentes cometieron una infracción penal al ejercer un exceso de autoridad durante la intervención.
Ospina anunció su intención de apelar la absolución, argumentando que existían resoluciones que descartaban la existencia de un delito previo que justificara el allanamiento.
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