La comunidad actualiza el reglamento de armamento policial, incorporando nuevos métodos de defensa como los 'sprays'.
En un esfuerzo por modernizar y mejorar la seguridad en la Comunidad de Madrid, la Agencia de Seguridad y Emergencias de la región (ASEM112) ha presentado un nuevo reglamento que redefine las normas acerca del uso, la tenencia y la formación en armamento y métodos de defensa para los Cuerpos de Policía Local. Este cambio normativo se encuentra actualmente en un período de alegaciones que concluirá el 30 de diciembre.
El objetivo principal de este proyecto de decreto es fortalecer la seguridad de los ciudadanos y garantizar la protección de los agentes, al mismo tiempo que adapta la normativa a los retos y demandas contemporáneos que enfrentan las fuerzas policiales en su labor diaria.
Entre los componentes esenciales que se consideran parte de la dotación básica para un agente municipal se incluyen el arma de fuego corta, que comúnmente es una pistola semiautomática de 9 milímetros, equipada con una funda rígida antihurto y con al menos 13 cartuchos. Además, se prevé el suministro de chalecos antibalas, defensas, bastones policiales y grilletes como parte del equipo estándar.
Cada municipio tendrá la potestad de complementar la dotación de su Cuerpo de Policía Local con otros medios técnicos defensivos, siempre que las circunstancias operativas lo requieran, garantizando así una respuesta adecuada y efectiva en la protección de la comunidad.
Una de las novedades más significativas del reglamento es la inclusión de dispositivos eléctricos de control, comúnmente conocidos como táser, así como sprays defensivos. Estas herramientas han sido diseñadas para situaciones que no requieran el uso de armas de fuego, con el propósito de ofrecer a los agentes opciones menos letales frente a escenarios conflictivos.
El nuevo reglamento también prevé el uso de armas con munición especializada o de mayor capacidad en condiciones excepcionales, las cuales deberán contar con la aprobación de las jefaturas policiales o los alcaldes. Esta medida busca garantizar un manejo responsable y normativo de dichas armas.
Otro aspecto relevante es la regulación de la utilización de armas de inyección anestésica para la gestión de animales, especialmente en la captura de especies salvajes o peligrosas que puedan representar un riesgo para la ciudadanía. Este también es un enfoque en pro de un control más humanitario y seguro de la vida silvestre.
Con miras a asegurar la eficacia en situaciones de riesgo, el reglamento estipula que los chalecos antibalas y otros equipos de protección personal se ajusten a las características físicas específicas de cada agente, priorizando tanto su comodidad como su funcionalidad en contextos adversos.
Adicionalmente, se implementa la obligatoriedad de que los agentes realicen un mínimo de dos prácticas de tiro anuales. Estas sesiones, que serán supervisadas por instructores certificados, buscan garantizar un uso seguro y efectivo de las armas. Cabe destacar que el tiempo dedicado a estas prácticas se contabilizará como horas de trabajo efectivo, con el objetivo de fomentar la participación activa de los agentes locales.
El Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias (IFISE) tendrá la responsabilidad de diseñar cursos específicos que preparen y actualicen a los agentes en áreas críticas como técnicas de defensa, normativa vigente y escenarios tácticos, asegurando así que estén listos para afrontar los retos contemporáneos en su labor.
Finalmente, el nuevo marco normativo detalla estrictamente la custodia y conservación del armamento en los depósitos municipales, incluyendo la obligación de mantener un registro digitalizado que documente el estado, uso y mantenimiento de cada arma. Esta medida garantiza la trazabilidad y la responsabilidad en el manejo del armamento, además de fortalecer las normas para su manipulación segura, evitando potenciales riesgos innecesarios.
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