El Ayuntamiento de Madrid ha informado que la ciudad tendrá 3.478 mesas electorales para las elecciones del 28 de mayo en 431 colegios electorales, dos más de las que hubo en 2021. Los integrantes de estas mesas fueron designados por sorteo informático entre 31.302 ciudadanos. En la lista de candidatos seleccionados se encuentra la mesa con el mayor número de electores, ubicada en Villa de Vallecas con 999, y la que menos en Latina con 338.
El sorteo había establecido una tabla que determinaba el orden de selección de los electores que estarán en cada mesa electoral, ocupando los cargos de presidente, vocales y suplentes. A los 31.302 ciudadanos escogidos para cubrir las 3.478 mesas electorales se les notificará su nombramiento con acuse de recibo y se les enviará el manual de miembro de mesa, detallando sus funciones.
El censo electoral en la ciudad de Madrid es de 2.701.380 personas, de las cuales, 2.386.159 residen en la capital y 315.221 en el extranjero. De estos últimos, solo serán elegibles en las elecciones a la Asamblea de Madrid. Además, 23.644 electores de nacionalidad extranjera (comunitarios o de países con acuerdos de reciprocidad) han solicitado votar en las elecciones municipales.
La aceptación del cargo de miembro de la mesa electoral es obligatoria, y los motivos que impidan la aceptación deben ser justificados ante la Junta Electoral de Zona de Madrid en la calle Manuel Luna 29.
Las justificaciones se podrán presentar mediante un formulario electrónico que se ha habilitado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid. La no presentación de los electores designados al acto de constitución de las mesas electorales el día 28 de mayo se considera delito electoral, y puede haber multas de seis a veinticuatro meses o condenas de prisión de tres meses a un año.
El presidente y los dos vocales que finalmente constituyen la mesa electoral tienen derecho a un permiso retribuido durante el día de la votación si afecta a su jornada laboral, a una reducción de cinco horas de su jornada de trabajo del día siguiente y a una dieta de 70 euros. También están protegidos por el Sistema de la Seguridad Social frente a las contingencias y situaciones que pudieran derivarse de su participación en los comicios. Hay algunas causas justificadas para no ocupar el cargo tales como la discapacidad igual o superior al 33%, haber formado parte de una mesa electoral al menos tres veces en los últimos diez años, estar de guardia o tener graves cargas familiares.
Por primera vez, las renuncias voluntarias de los electores en edades comprendidas entre los 65 y los 70 años, solo tendrán que notificárselo a la Junta Electoral de Zona, y se tramitarán de forma automática. El sistema verificará la edad en el censo y generará la aceptación en el momento utilizando un código de verificación individual para cada elector que solo él conoce, dado que se incluye en la notificación de su nombramiento personal.
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