24h Madrid.

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Begoña Gómez informó a la Universidad Complutense de que no actualizaría el software de su página web en septiembre.

Begoña Gómez informó a la Universidad Complutense de que no actualizaría el software de su página web en septiembre.

La Universidad Complutense de Madrid (UCM) decidió no renovar el dominio web 'transformatsc.es' al recibir un correo electrónico de la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, a través de su abogado. En dicho correo se mencionaba la situación administrativa y judicial de la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva.

MADRID, 4 Oct.

El vicerrector de Planificación, Coordinación y Relaciones Institucionales de la UCM, José María Coello de Portugal, recibió la comunicación en la que se notificaba que el registro del dominio web expiraba el 21 de septiembre de 2024. Se destacó que el registro original fue realizado siguiendo las indicaciones de la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) de la UCM.

La empresa Arsys Internet SL emitió una factura para la renovación del dominio por un precio de 30,25 euros, IVA incluido, para el periodo de septiembre de 2024 a septiembre de 2025.

La respuesta de la UCM indicó que el dominio no estaba a nombre de la universidad ni autorizado por ella, por lo que no se tomarían medidas con respecto a la renovación del mismo. Además, se aclaró que el registro del dominio no fue instruido por la OTRI, sino que simplemente se proporcionó información sobre cómo llevar a cabo el proceso.

Las acusaciones populares plantearon dudas sobre el borrado de la web 'www.transformatsc.org', mencionando su desactivación entre el 26 y 30 de septiembre. Se cuestionó la coincidencia de estos eventos con la remisión de la querella de Hazte Oír al juzgado.

En cuanto a la titularidad del dominio web, un correo electrónico de la Sección de Contratos y Patentes de la OTRI (UCM) del año 2022 mostró que la universidad nunca realizó el trámite de registro del dominio. Se enviaron enlaces externos explicando cómo llevar a cabo esta tarea y se mencionó que el registro de dominio era un procedimiento diferente al registro de la propiedad intelectual.