El compañero de Ayuso rechaza la continuidad de García Ortiz en la fiscalía y solicita su destitución.
Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha decidido presentar una impugnación a la reciente decisión de la fiscal general del Estado, Teresa Peramato. Este recurso busca cuestionar la autorización dada a su predecesor, Álvaro García Ortiz, para retomar su puesto en la Sección de lo Social del Tribunal Supremo. En este contexto, González Amador exige que se le prive de su condición de fiscal.
El recurso, que ha sido redactado por el abogado de González Amador y al que ha tenido acceso Europa Press, no solo solicita la revocación de esta autorización, sino también el acceso a la documentación que explica por qué no se tomó la decisión de expulsar a García Ortiz de la carrera judicial.
González Amador argumenta que Peramato debería "anular" el expediente en cuestión y "declarar la incapacidad para el ejercicio de funciones fiscales" del ex fiscal general, sustentándose en la condena impuesta por un delito doloso que supera los seis meses, vinculado a su pena principal de inhabilitación para cargos públicos.
El abogado Gabriel Rodríguez Ramos ha señalado que su cliente no ha tenido oportunidad de ejercer sus derechos como parte interesada en el proceso de resolución de la Fiscalía. En particular, se refiere a la falta de acceso al expediente que trata sobre la reincorporación de García Ortiz al Supremo, la oportunidad de presentar alegaciones y la falta de comunicación sobre la resolución final, llegando a enterarse por medios de comunicación.
La condena a García Ortiz por el Tribunal Supremo implicó una inhabilitación de dos años, además de una multa de 7.200 euros y una indemnización de 10.000 euros por revelación de secretos relacionados con González Amador. En su fallo, los magistrados indicaron que la inhabilitación se limitaba solo al rol de fiscal general, dejando abierta la posibilidad de un nuevo destino dentro de la Fiscalía.
En el documento de impugnación, el abogado de González Amador destaca que no hay precedentes que apoyen la interpretación de Peramato, quien argumenta que la inhabilidad se refiere exclusivamente a penas de prisión por delitos dolosos. Además, aclara que el carácter de fiscal se considera un empleo público, lo que implica que la pena de inhabilitación se aplica directamente sin necesidad de un pronunciamiento administrativo adicional, ejecutándose por la jurisdicción penal.
Asimismo, resalta que existe una “sentencia firme” del Tribunal Supremo que aplicó una pena de inhabilitación para el cargo público de fiscal general en base a la violación dolosa del deber de secreto, revelando información confidencial a medios de comunicación.
El abogado argumenta que, de acuerdo con el artículo 46 del Estatuto Fiscal, se pierde la condición de fiscal por varias razones, incluyendo condenas por inhabilitación, sanciones disciplinarias o incapacidad. Este artículo enumera las causas específicas por las cuales un fiscal puede ser separado del servicio.
La Fiscalía General del Estado, por su parte, ha justificado la reincorporación de García Ortiz, sentenciando que la condena solo le incapacita para el puesto que ocupaba, y no afecta a su estatus dentro de la carrera fiscal. Esta interpretación se fundamenta en la idea de que su situación es conforme con las actuales normativas legales, abrogando su anterior estatus como fiscal general.
Desde el Ministerio Público, se ha subrayado que el dictamen del Tribunal Supremo claramente define el alcance de la inhabilitación y no incluye su condición como fiscal de carrera ni otros roles similares. De esta manera, se rechaza cualquier interpretación que amplíe el contenido de la sanción más allá de lo que fue establecido oficialmente.
García Ortiz, tras las implicaciones de su condena, ha presentado un incidente de nulidad, defendiendo la legitimidad de su actuación dentro de la Fiscalía ante las controversias surgidas. Se ha manifestado preocupado por lo que considera intentos de censura que buscan silenciar la comunicación desde el Ministerio Público.
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