24h Madrid.

24h Madrid.

El Supremo condena al fiscal por su reacción a un 'email' y una nota: "No se combate una mentira con un delito".

El Supremo condena al fiscal por su reacción a un 'email' y una nota:

El Tribunal Supremo ha tomado una decisión clara en el caso del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, subrayando que "no se puede responder a una noticia falsa con la comisión de un delito". Este pronunciamiento se refiere a la filtración de información confidencial relacionada con Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso. La corte ha establecido que tanto la divulgación del correo electrónico como la posterior nota de prensa constituyen una violación grave de los secretos del caso.

La sentencia, que se hizo pública este martes, se produce casi tres semanas después de que el tribunal decretara la condena de García Ortiz a dos años de inhabilitación y una multa de 7.200 euros, además de la obligación de indemnizar a González Amador con 10.000 euros por daños emocionales.

En su extenso fallo de 180 páginas, el tribunal consideró que hay un “marco probatorio robusto y concluyente” que indica que fue García Ortiz, o alguien de su círculo cercano, quien filtró la correspondencia a la Cadena SER. Este correo fue enviado por el abogado de González Amador al Ministerio Público el 2 de febrero, en el que se ofrecía colaborar con la justicia a cambio de evitar prisión.

La corte también destacó la publicación, a primera hora del 14 de marzo, de una nota de prensa que describía con suficiente detalle el contenido del correo y el intercambio de correspondencia entre la defensa y el fiscal responsable del caso, lo que evidenciaba la culpabilidad del investigado.

Según la sentencia, la filtración del correo y la difusión de la información no son actos independientes, sino que constituyen "una acción unificada". "La nota pública consolida y oficializa la filtración iniciada por el correo", apunta el tribunal.

García Ortiz se defendió alegando que la difusión del comunicado era esencial para desmentir lo que él consideraba un "bulo", en referencia a un artículo de 'El Mundo' que sugería que la Fiscalía había ofrecido un pacto en lugar de que fuera González Amador quien eludiera la cárcel. Sin embargo, la corte aclaró que esto no justifica la violación de secretos.

El tribunal enfatiza que "el fiscal general del Estado no puede contrarrestar una información errónea cometiendo un delito", indicando que la revelación de documentos confidenciales solo sirve para vulnerar derechos fundamentales, como la defensa y la presunción de inocencia de los investigados. Subrayan que García Ortiz tenía un “deber reforzado de reserva” que quebrantó sin razones justificables.

Se señala que la negación de información falsa no necesita involucrar una admisión de culpabilidad, ya que esto puede afectar los derechos que el Ministerio Público debe resguardar, como la presunción de inocencia. La declaración subraya que el derecho a la confidencialidad del fiscal general no se extingue porque la información ya haya sido divulgada por los medios de comunicación.

A pesar de que algunos medios tuvieron acceso al correo antes de que llegara a García Ortiz, el tribunal determinó que esto no eximía al fiscal de su responsabilidad de mantener la confidencialidad.

El tribunal, no obstante, reafirma su respeto hacia el trabajo periodístico y no cuestiona la credibilidad de los periodistas involucrados, reconociendo su derecho a proteger sus fuentes.

García Ortiz presentó su dimisión el 24 de noviembre, solo cuatro días después de conocerse el fallo. Posteriormente, el Gobierno propuso a Teresa Peramato, la fiscal de sala del TS, como su posible sucesora al frente del Ministerio Público.

Además, se destaca que hubo un voto particular por parte de las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo, quienes se separaron de la opinión de sus colegas en el tribunal. Polo debía redactar el fallo original, pero debido a su desacuerdo, la tarea fue asignada a Martínez Arrieta, lo que aceleró la publicación de la sentencia debido a la necesidad de notificar a todas las partes involucradas.