24h Madrid.

24h Madrid.

La Justicia mantiene la pensión alimentaria de un padre a su hija, a pesar de la falta de vínculo.

La Justicia mantiene la pensión alimentaria de un padre a su hija, a pesar de la falta de vínculo.

En un reciente fallo de la Audiencia Provincial de Madrid, un padre ha visto rechazado su intento de eludir la responsabilidad de la pensión alimenticia de su hija, que ha alcanzado la mayoría de edad. A pesar de su falta de contacto con ella, la pensión se mantendrá durante un año más, después del cual se extinguirá automáticamente.

Este desenlace se detalla en una sentencia accesible a Europa Press, donde se desestima el recurso de apelación presentado por el padre en respuesta a una decisión previa del Juzgado de Primera Instancia número 66, emitida el 12 de septiembre de 2024, en relación al procedimiento número 2024.

El contexto de este conflicto familiar es complejo: la relación entre padre e hija ha sido objeto de regulación judicial en diversas ocasiones, siendo cuatro las sentencias que han tratado el tema. Inicialmente, se estableció que la custodia de la menor fuera asignada a la madre, permitiendo al padre un régimen de visitas en un punto de encuentro. Sin embargo, estas visitas fueron interrumpidas cuando la niña era aún muy pequeña.

Al cumplir 11 años, se intentó reanudar el contacto, contemplando la posibilidad de modificar las condiciones de visita tras un periodo de seis meses, pero las dificultades persistieron de manera alarmante. Eventualmente, se acordó que cualquier encuentro debería realizarse en presencia de la madre.

El padre argumenta ahora que su relación con la hija ha sido completamente inexistente, y señala que sus esfuerzos por acercarse han sido frustrados por la negativa de la joven a mantener cualquier interacción. Además, menciona la existencia de precedentes judiciales que podrían favorecer su posición, subrayando que su hija, de 21 años, ha manifestado claramente su deseo de no tener contacto con él. También destaca que su situación económica es precaria, ya que cuenta con una discapacidad total permanente.

Sin embargo, los magistrados han señalado que su decisión respeta un acuerdo previamente ratificado por ambos progenitores, el cual establece que la pensión de alimentos se mantenga vigente hasta que la joven termine sus estudios de formación profesional en administración, lo que se extenderá durante un año desde la resolución del caso.

Los jueces también han observado que, durante la breve vista celebrada, la abogada del padre propuso explícitamente el acuerdo, el cual fue aceptado sin reservas por la representación legal de la hija. Destacan que la coincidencia entre lo acordado verbalmente y lo que fue registrado en el acta audiovisual de la audiencia es notablemente exacta, reafirmando así su decisión de mantener la pensión alimenticia.