Requisitos más estrictos para solicitar vivienda protegida en Madrid: diez años de empadronamiento y restricciones para 'okupas'.
MADRID, 26 de enero.
La Comunidad de Madrid ha implementado nuevas restricciones para los solicitantes de vivienda protegida, que ahora deberán demostrar un empadronamiento de al menos una década en la región. Además, las personas con condenas relacionadas con la ocupación de propiedades quedarán excluidas de la posibilidad de acceder a vivienda protegida durante cinco años tras haber sido sancionadas.
Esta iniciativa fue anunciada por la presidenta de la comunidad, Isabel Díaz Ayuso, durante un desayuno informativo en Madrid, donde reiteró su compromiso en la lucha contra la ocupación, a pesar de que sus competencias en esta área son limitadas.
Según un nuevo Reglamento de Vivienda Pública que se espera que sea aprobado en julio, quienes hayan sido hallados culpables de delitos como allanamiento o usurpación no podrán optar por viviendas protegidas durante un periodo de cinco años después de su condena.
Una de las novedades introducidas por esta normativa es la exigencia de demostrar un empadronamiento en Madrid durante al menos 10 años para poder solicitar una vivienda protegida. Esta medida, según el Gobierno regional, busca priorizar a aquellos que tienen una conexión estable con la comunidad, garantizando que los recursos públicos se destinen a quienes verdaderamente contribuyen al desarrollo de la región.
Actualmente, el Plan Vive, que ofrece alquileres asequibles, cuenta con 14.000 viviendas en diferentes etapas de desarrollo. De estas, 5.175 ya han sido entregadas, mientras que se espera que 3.200 finalicen su construcción en los próximos meses y que 3.400 más, bajo el Plan Solución Joven, se encuentren en proceso de licitación.
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