24h Madrid.

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Jueza deja en libertad al policía acusado de homicidio doloso por la muerte de un joven.

Jueza deja en libertad al policía acusado de homicidio doloso por la muerte de un joven.

El abogado que representa a la familia de la víctima ha decidido apelar ante la Audiencia Provincial de Madrid luego de que se mantuviera en libertad provisional al agente de policía implicado en la muerte de un joven durante un incidente en Torrejón de Ardoz.

Según un auto judicial dado a conocer por Europa Press, la magistrada de Instrucción número 4 de Torrejón de Ardoz ha decidido que el oficial de policía, quien es objeto de investigación por haber asfixiado al joven el pasado 17 de junio, no ingresará en prisión. Esta decisión fue tomada a pesar de que el abogado de la familia, Rubén Vaquero, había presentado un recurso de reforma en su contra, el cual fue rechazado.

La autopsia inicial reveló que la causa de la muerte del joven fue asfixia, específicamente por falta de oxígeno, o "anoxia". Este hallazgo fue corroborado por los servicios de emergencia que atendieron a la víctima en el lugar de los hechos. Durante el incidente, el agente estranguló a Abderahim Akkouh, un hombre de unos 35 años de origen magrebí, quien supuestamente había intentado robarle el teléfono móvil mientras caminaba por la calle con un compañero.

En su resolución, la jueza argumenta que la calificación inicial del delito como homicidio imprudente podría no coincidir con las evidencias recogidas en grabaciones realizadas por testigos presenciales. Según los testimonios, el oficial, identificado como Juan José T. C., continuó aplicando presión en el cuello de Akkouh durante varios minutos, desoyendo los gritos de los testigos que le pedían que detuviera la maniobra, al observar que el joven mostraba signos de asfixia.

La magistrada subraya que los elementos presentados hasta el momento, bajo reserva de lo que concluya el informe de autopsia definitivo, no descartan la posibilidad de que se considere el hecho como un homicidio doloso, un cambio que podría conllevar penas mucho más severas, en un rango de entre 10 y 15 años de prisión, a diferencia de los cuatro años que se contemplaban inicialmente. Este cambio también podría incrementar el riesgo de que el acusado intentara huir.

No obstante, la jueza recalca que el Tribunal Constitucional establece que la gravedad del delito y de la pena prevista no son, por sí solas, razones suficientes para dictar prisión provisional, ya que esto podría dar lugar a una interpretación punitiva de dicha medida.

En su análisis, la magistrada señala que no existe un temor a que el agente reincida, dado que no tiene antecedentes penales ni policiales. Además, argumenta que no hay indicios de que el investigado interfiera en el proceso judicial.

Finalmente, la jueza destaca que el arraigo del acusado, debido a su condición de policía municipal y su residencia en Torrejón de Ardoz, es un elemento que refuerza su compromiso con la justicia. Sostiene que los mecanismos actuales, como la prohibición de salir del país y la retención del pasaporte, son suficientes para garantizar su comparecencia.